PROGRAMA DE INTEGRIDAD
1. Objetivo y alcance
Este programa reúne las normas y herramientas con que IMPEG SpA promueve una conducta ética, el cumplimiento de la ley y la prevención de prácticas corruptas o delictivas. Aplica a los socios, la administración, los trabajadores, y a los subcontratistas y asesores que actúen en nombre de IMPEG, en todas sus relaciones con clientes públicos y privados, proveedores y autoridades.
2. Principios
•Legalidad: cumplimos la legislación vigente y las bases y contratos que aceptamos.
•Probidad: actuamos con honestidad y sin buscar ventajas indebidas.
•Transparencia: entregamos información veraz y completa a clientes y autoridades.
•Respeto: respetamos los derechos fundamentales de las personas y de nuestros trabajadores.
•Seguridad: la seguridad de las personas y el cuidado del medio ambiente están por sobre cualquier plazo o costo.
3. Normas de conducta
3.1 Relación con funcionarios públicos
•Se prohíbe ofrecer, prometer o entregar dinero, regalos, invitaciones, viajes o cualquier beneficio a un funcionario público, o a terceros vinculados a él, para obtener o mantener un negocio o un trato favorable.
•Las reuniones con autoridades sujetas a la Ley N° 20.730 (Lobby) se solicitan por los canales oficiales.
•En procesos de compras públicas, toda comunicación con la entidad compradora se hace por los medios que indiquen las bases (foro, portal Mercado Público, correo oficial).
3.2 Libre competencia
•Se prohíbe acordar precios, repartir mercados o coordinar ofertas con competidores, y compartir con ellos información comercial sensible.
3.3 Información veraz
•Toda oferta, declaración, certificado o antecedente que IMPEG presente debe ser verdadero, vigente y verificable.
3.4 Conflictos de interés
•Todo trabajador que tenga un interés personal, familiar o comercial que pueda influir en una decisión de la empresa debe informarlo al Encargado de Integridad y abstenerse de participar en esa decisión.
3.5 Prevención de delitos
•IMPEG rechaza el cohecho, el lavado de activos, el financiamiento del terrorismo, la receptación, la administración desleal, la negociación incompatible y los demás delitos que pueden comprometer la responsabilidad penal de las personas jurídicas (Ley N° 20.393 y Ley N° 21.595 de Delitos Económicos).
•Los pagos se realizan por medios bancarios trazables, con su respaldo contable.
3.6 Trabajadores, seguridad y medio ambiente
•Se cumplen la legislación laboral, la Ley N° 16.744 y las normas de seguridad de cada cliente. No se tolera el acoso laboral, el acoso sexual ni la discriminación (Ley N° 21.643, Ley Karin).
•Los residuos generados en los servicios se retiran y disponen en lugares autorizados.
4. Encargado de Integridad
El Representante Legal, Carlos Peña Henríquez, actúa como Encargado de Integridad. Le corresponde difundir este programa, recibir y gestionar las consultas y denuncias, investigar los casos, proponer sanciones y medidas correctivas, y revisar el programa al menos una vez al año.
5. Canal de consultas y denuncias
•Cualquier persona puede consultar o denunciar, incluso de forma anónima, un posible incumplimiento de este programa, por correo a operaciones@impeg.cl dirigido al Encargado de Integridad, o directamente a él.
•Las denuncias se tratan con reserva. Se prohíbe cualquier represalia contra quien denuncie de buena fe.
•Cada denuncia se registra, se investiga en un plazo máximo de 30 días y se informa a quien denunció el cierre del caso.
6. Difusión y capacitación
•Todo trabajador recibe este programa al ingresar y firma el registro de toma de conocimiento.
•Se realiza una charla anual de integridad para todo el personal, con registro de asistencia.
•Antes de cada servicio para una entidad pública, el responsable recuerda al equipo las normas de la sección 3.1.
7. Sanciones
El incumplimiento de este programa se sanciona según el Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad y la legislación laboral, sin perjuicio de las acciones legales que correspondan. Si el hecho puede ser delito, se denuncia a la autoridad competente.
8. Revisión
El programa se revisa una vez al año o cuando cambie la ley o la actividad de la empresa.
1. Objetivo y alcance
Este programa reúne las normas y herramientas con que IMPEG SpA promueve una conducta ética, el cumplimiento de la ley y la prevención de prácticas corruptas o delictivas. Aplica a los socios, la administración, los trabajadores, y a los subcontratistas y asesores que actúen en nombre de IMPEG, en todas sus relaciones con clientes públicos y privados, proveedores y autoridades.
2. Principios
•Legalidad: cumplimos la legislación vigente y las bases y contratos que aceptamos.
•Probidad: actuamos con honestidad y sin buscar ventajas indebidas.
•Transparencia: entregamos información veraz y completa a clientes y autoridades.
•Respeto: respetamos los derechos fundamentales de las personas y de nuestros trabajadores.
•Seguridad: la seguridad de las personas y el cuidado del medio ambiente están por sobre cualquier plazo o costo.
3. Normas de conducta
3.1 Relación con funcionarios públicos
•Se prohíbe ofrecer, prometer o entregar dinero, regalos, invitaciones, viajes o cualquier beneficio a un funcionario público, o a terceros vinculados a él, para obtener o mantener un negocio o un trato favorable.
•Las reuniones con autoridades sujetas a la Ley N° 20.730 (Lobby) se solicitan por los canales oficiales.
•En procesos de compras públicas, toda comunicación con la entidad compradora se hace por los medios que indiquen las bases (foro, portal Mercado Público, correo oficial).
3.2 Libre competencia
•Se prohíbe acordar precios, repartir mercados o coordinar ofertas con competidores, y compartir con ellos información comercial sensible.
3.3 Información veraz
•Toda oferta, declaración, certificado o antecedente que IMPEG presente debe ser verdadero, vigente y verificable.
3.4 Conflictos de interés
•Todo trabajador que tenga un interés personal, familiar o comercial que pueda influir en una decisión de la empresa debe informarlo al Encargado de Integridad y abstenerse de participar en esa decisión.
3.5 Prevención de delitos
•IMPEG rechaza el cohecho, el lavado de activos, el financiamiento del terrorismo, la receptación, la administración desleal, la negociación incompatible y los demás delitos que pueden comprometer la responsabilidad penal de las personas jurídicas (Ley N° 20.393 y Ley N° 21.595 de Delitos Económicos).
•Los pagos se realizan por medios bancarios trazables, con su respaldo contable.
3.6 Trabajadores, seguridad y medio ambiente
•Se cumplen la legislación laboral, la Ley N° 16.744 y las normas de seguridad de cada cliente. No se tolera el acoso laboral, el acoso sexual ni la discriminación (Ley N° 21.643, Ley Karin).
•Los residuos generados en los servicios se retiran y disponen en lugares autorizados.
4. Encargado de Integridad
El Representante Legal, Carlos Peña Henríquez, actúa como Encargado de Integridad. Le corresponde difundir este programa, recibir y gestionar las consultas y denuncias, investigar los casos, proponer sanciones y medidas correctivas, y revisar el programa al menos una vez al año.
5. Canal de consultas y denuncias
•Cualquier persona puede consultar o denunciar, incluso de forma anónima, un posible incumplimiento de este programa, por correo a operaciones@impeg.cl dirigido al Encargado de Integridad, o directamente a él.
•Las denuncias se tratan con reserva. Se prohíbe cualquier represalia contra quien denuncie de buena fe.
•Cada denuncia se registra, se investiga en un plazo máximo de 30 días y se informa a quien denunció el cierre del caso.
6. Difusión y capacitación
•Todo trabajador recibe este programa al ingresar y firma el registro de toma de conocimiento.
•Se realiza una charla anual de integridad para todo el personal, con registro de asistencia.
•Antes de cada servicio para una entidad pública, el responsable recuerda al equipo las normas de la sección 3.1.
7. Sanciones
El incumplimiento de este programa se sanciona según el Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad y la legislación laboral, sin perjuicio de las acciones legales que correspondan. Si el hecho puede ser delito, se denuncia a la autoridad competente.
8. Revisión
El programa se revisa una vez al año o cuando cambie la ley o la actividad de la empresa.